La justicia europea avala prohibir el uso del velo en el trabajo

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) justifica la prohibición si responde a una política de 'neutralidad' religiosa que la empresa aplica a todos sus empleados.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que es legal que se prohíba a una trabajadora musulmana el uso del velo islámico en su lugar de trabajo, si la medida responde a una política de "neutralidad" religiosa y de convicciones que el empresario aplica a todos sus empleados.
La sentencia responde a una consulta del Tribunal de Casación belga sobre el caso de una recepcionista de confesión musulmana que, tras tres años en la misma empresa, fue despedida al anunciar su intención de acudir a su puesto de trabajo con el velo islámico.
La compañía alegó que está prohibido para todos los empleados llevar "de modo visible símbolos religiosos, políticos y filosóficos".
El tribunal con sede en Luxemburgo ha concluido que la norma interna de una empresa privada que veta el uso de cualquier signo político, filosófico o religioso visible "no constituye una discriminación directa" por causa de religión o convicciones.
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