Según una nota de prensa de esa instancia judicial, en la mañana de este lunes se decidió que los hechos objeto de la petición comprometen la responsabilidad en la comisión flagrante de los delitos de los ciudadanos Jorge Alberto Millán, Hernán Claret Alemán, Carlos Alberto Lozano y Luis Stefanelli.
A los acusados se les imputan los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, previstos y sancionados en varios artículos del Código Penal.
Así como el delito de asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Señala el fallo que en el presente procedimiento, por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes, no procede el antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos el cual corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal.
De acuerdo con el texto, la decisión se comunicará al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en la carta magna.
De igual forma se remitirá copia certificada al fiscal general para que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente, en observancia de las debidas garantías procesales y derechos constitucionales previstos en el Código Orgánico Procesal Penal, la Constitución, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.
acl/ycv
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