Contribuyentes especiales deben declarar y pagar Impuesto a Grandes Patrimonios

Del 01 de octubre al 30 de noviembre, los contribuyentes especiales deben declarar y pagar el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), sin estar sujeto a fechas de calendario, ratificó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
 Este impuesto va dirigido solo a los Contribuyentes Especiales cuyo patrimonio tengan un valor igual o superior a 150 millones de Unidades Tributarias (UT), informa el principal ente recaudador del país.

Alcances del IGP

Este nuevo tributo fue creado bajo la Ley Constitucional de Impuesto a Grandes Patrimonio aprobada el pasado 2 de agosto en sesión de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

El instrumento jurídico:

  • Incluye a empresas del sector público y privado, entrará en vigencia en 60 días aproximadamente
  • Abarca a todas aquellas personas naturales que posean un capital superior a los 36 millones de Unidades Tributarias y personas jurídicas que superen los 100 millones de UT
  • Establece que la alícuota impositiva aplicable al valor del patrimonio neto determinado podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo 0,25% y un máximo de 1,50%
  • Indica que solo quedarán exceptuados de dicho impuesto, la vivienda principal siempre y cuando no exceda los 65 millones de UT y la materia prima

De acuerdo con la Gaceta Oficial de la Ley Constitucional, el patrimonio neto gravable se determinará, en primer lugar, por criterios territoriales, de manera que pagarán:

  • Las personas naturales y jurídicas, así como entidades sin personalidad jurídica pero con patrimonio propio, con residencia en el país
  • Las personas naturales, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica extranjeras o no residentes en el país, por el patrimonio gravable que se encuentre en el país
  • Los contribuyentes especiales venezolanos no residentes en el país por el patrimonio en bienes y derechos que se encuentre en el territorio nacional
vtv

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About Ricardo Abud (Chamosaurio)

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