Impasse y desacato: claves de la controversia entre poderes

Los eventos durante la denominada "controversia de poderes" en Venezuela han tenido lugar con rapidez y se concatenan con un dinamismo proporcional a la emergencia que revisten en sí mismos.

Luego de los dictámenes recientes, 155 y 156 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, las reacciones fueron diversas y enconadas en algunos casos. La derecha venezolana denunció un "autogolpe" cuando el TSJ auspició el sentido emergente de esa instancia frente al desacato en el que sigue la Asamblea Nacional (AN), para así poder mantener la estabilidad de las instituciones y el Estado de Derecho venezolano frente a amenazas y turbulencias en los frentes interno y externo. Esto, de manera coyuntural y accidental, hasta que el parlamento con mayoría antichavista decida superar su situación actual de autoanulación de sus actos de desacato.

El efecto Luisa Ortega Díaz

La escaramuza de poderes ya tiene más de un año en Venezuela, desde el choque insistente del parlamento versus los demás poderes públicos, dadas las frecuentes embestidas de la AN en actos de desconocimiento, desacato e intentos espurios de desplazamiento de las demás instancias del poder político. Eso ya lo sabemos. Sabemos que hay una situación de golpismo persistente desde la AN. Pero la expresión más sobresaliente del reciente escollo provino de una integrante del Consejo Moral Republicano. Durante la presentación de la Memoria y Cuenta del Ministerio Público, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, mostró sus objeciones con las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del TSJ, en las que, en su opinión, se evidenciaba "una ruptura del orden constitucional".

Ortega Díaz dijo: "Considero un deber histórico ineludible, no sólo en mi condición de Fiscal General de la República, sino como ciudadana de este país, referirme a las recientes decisiones signadas con los números 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo que constituye una ruptura del Orden Constitucional".

Una reacción que también sobresalió fue la de Isaías Rodríguez, profesor de derecho constitucional y Fiscal General de la República entre 2001 y 2007, quien dió su opinión sobre las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del TSJ, que según algunos partidos políticos y gobiernos de algunos países, eran un acto de "autogolpe". Señaló Rodríguez que no percibe en la sentencia "ninguna intención de dar un golpe de Estado. Los partidos están intactos. Se mantiene el respeto a los derechos humanos. La Asamblea Nacional no ha sido disuelta. Simplemente algunas de sus funciones, para poder desarrollar el Estado de Derecho, van a ser ejercidas por la Sala Constitucional ante una situación de franco desacato". También pidió no ver las cosas en blanco y negro. "La sentencia debe verse sin alarmas, como una decisión que es controversial".

La respuesta de Maduro en su rol de Jefe de Estado

Aunque entendemos al jefe del Ejecutivo Nacional como jefe del Gobierno, lo cierto es que según la Constitución Bolivariana el Presidente de la República es el Jefe de Estado, un actor regente del Estado todo que, sin poderes absolutos, debe velar por la conducción total de las instituciones públicas favoreciendo el buen desenvolvimiento de los poderes nacionales y el "contrato social" venezolano: la Constitución y las instituciones.

Para Maduro, asediado por arremetidas golpistas y parainstitucionales internas, como también por actos claros de injerencismo que vulneran los acuerdos internacionales que Venezuela ha suscrito, el contexto es complejo. En virtud de esto, Nicolás Maduro convocó el 31 de marzo, pasado viernes en la tarde, al Consejo de Seguridad de la Nación para resolver el "impasse" entre el Ministerio Público y el TSJ.

"Yo como Jefe de Estado asumo a través del diálogo y la Constitución la tarea de resolver hoy mismo el impasse que ha surgido entre el Ministerio Público y el Tribunal Supremo de Justicia, y convoco al Consejo de Seguridad de la Nación para hoy mismo en la noche, para deliberar y sacar una resolución que fortalezca la Constitución venezolana y le dé paz y tranquilidad a Venezuela", indicó Maduro. Señaló la aplicación de las facultades en el artículo 323 de la Constitución venezolana, al considerar que lo que se juega en estos momentos es la estabilidad de la República, sus instituciones y la seguridad integral de la nación. "Esta es la instancia constitucional para dirimir soberanamente y solucionar, a través del diálogo y la Constitución, cualquier problema de alto calado que tenga que resolverse".

Al referirse sobre la separación de poderes en Venezuela, señaló en la tarde del viernes: "En Venezuela hay poderes públicos legítimos y constitucionales. Y cada poder actúa de acuerdo a la Constitución y a su conciencia. Yo actúo de acuerdo a los mandatos de la Constitución y del Tribunal Supremo de Justicia. Si no estoy de acuerdo con alguna parte de alguna sentencia, acudo a través de la Procuraduría General, y pido aclaratoria, alcance o corrección de alguna sentencia", señaló. "Es lo que debe hacerse".

En horas de la noche quedó instalado el Consejo de Seguridad de la Nación. La representación del Consejo Moral Republicano (Poder al que está adscrito la Fiscalía General) estaba representado por su actual Presidente, el Defensor del Pueblo Tareck William Saab.

Casi a la medianoche el Consejo presentó un acuerdo, que dio por "superada la controversia de poderes", pese a la ausencia en sitio de Luisa Ortega Díaz y la representación del poder legislativo. Los puntos acordados fueron los siguientes:

Ratificar que el Máximo Tribunal de la República, en su Sala Constitucional, es la instancia competente para el control de la Constitucionalidad de los actos emanados de cualquier órgano del Poder Público Nacional que coliden con la Carta Magna, así como la resolución de los conflictos entre poderes.
Exhortar al TSJ a revisar las decisiones 155 y 156 con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.
Reiterar que los desequilibrios y conflictos entre las distintas ramas del Poder Público Nacional se encausan mediante los mecanismos de control constitucional y la colaboración entre los poderes, los cuales son expresión del dinamismo y pluralidad de los estados constitucionales democráticos.
Destacar los loables esfuerzos del Presidente de la República como Jefe de Estado, en la búsqueda de soluciones para resolver, dentro del marco constitucional y mediante el diálogo constructivo, los conflictos del Poder Público Nacional, en atención a la independencia, la división y la autonomía de sus distintas ramas.
Insistir en nuestra disposición al diálogo fecundo y exhortar a la oposición venezolana a incorporarse sin demora al diálogo nacional promovido por el Jefe de Estado, acompañado por Unasur, el Papa Francisco y los ex presidentes Martín Torrijos, Leonel Fernández y José Luis Rodríguez Zapatero.
Repudiar categóricamente cualquier intervención que atente contra la independencia, la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación. Los asuntos de los venezolanos deben ser resueltos exclusivamente por nosotros, sin injerencia ni intervención alguna, y en respeto estricto a la jurisdicción interna del Estado venezolano.
Respuesta del TSJ

Este sábado primero de abril, la Sala Constitucional del TSJ, cumpliendo el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación, publicó "sendas sentencias aclaratorias", con los números 157 y 158, en las que suprimen los puntos controversiales de las sentencias 155 y 156, emitidas el martes y miércoles pasado, respectivamente, que generaron un fuerte impasse en torno a la inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional y la decisión de la Sala Constitucional del TSJ de asumir competencias del parlamento en vista de su condición de desacato. La ficha de las dos nuevas sentencias indican que el punto 4.4 de la sentencia 156, la cautelar 5.1.1 de la sentencia 155 y el punto sobre la inmunidad parlamentaria quedan suprimidos.

Por su parte, el Presidente del TSJ, Maikel Moreno, leyó este sábado al mediodía un comunicado en el que se reitera que "no han despojado al Parlamento de sus funciones, así como tampoco lo han disuelto o anulado. Reconocen la inmunidad parlamentaria como una garantía de la función legislativa, con las limitaciones que establece el texto constitucional".

El TSJ no obstante ha reiterado un llamado que ha venido desde esa instancia durante meses. Moreno explicó que "es sólo responsabilidad del órgano legislativo" reasumir "el válido ejercicio legal y legítimo de sus competencias constitucionales, al acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al Estado de Derecho".

Presidente Maduro y Luisa Ortega se reúnen

Al final de la tarde del sábado primero de abril se dio una reunión entre el primer mandatario venezolano y la Fiscal General de la República, que trascendió sólo con imágenes del encuentro, donde, es de suponerse, se debatió sobre la controversia de poderes.

En esencia el contexto institucional venezolano sufre situaciones turbulentas, producto de un ciclo de inestabilidad en el Estado luego del advenimiento del antichavismo en el parlamento, que, de manera intempestiva, ha asumido un asalto al poder político formal empleando la Asamblea Nacional como portaaviones.

Los eventos siguen en vigor.
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About Ricardo Abud (Chamosaurio)

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