Establecimientos de comidas deberán suministrar listas de precios a Indepabis

Establecimientos de comidas deberán suministrar listas de precios a Indepabis

Caracas, 31 May. AVN.- A partir del 18 de junio todos los negocios que expenden alimentos deberán cargar la lista de precios en el Sistema Único de Registro, que estará disponible en la página web del Indepabis (www.indepabis.gob.ve).


La referida lista de precios deberá discriminar lo concerniente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como al 10% del servicio.

El primer paso del registro es a través del Registro de Identificación Fiscal (RIF), bien sea personal o comercial, luego se cargará la lista de precios, después se tendrá la posibilidad de guardar los datos y terminar el proceso en otro momento, imprimir u obtener la lista de precios ya cargada.

Los establecimientos que suministren un precio y luego incrementen los costos, sin cargar de nuevo el aumento, serán sancionados por el Indepabis, indicó recientemente la presidenta de la institución, Consuelo Cerrada.

Recalcó asimismo que de acuerdo con la resolución número 39.922, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de mayo, los establecimientos de alimentos y bebidas deben notificar por escrito los precios de los artículos al Indepabis.

Cerrada explicó que con la publicación de esta lista el consumidor podrá tomar la decisión de adquirir o no los productos ofrecidos a tales precios.

AVN
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