Contra el oligopolio neoliberal especulador
Por: Luis Alberto Matos
“No se puede incrementar el alquiler de una vivienda basándose en una obra que hizo el Gobierno Nacional.”
Diosdado Cabello
Incluyendo la Sesión Plenaria de hoy, nuestra Asamblea Nacional ha discutido 74 artículos de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas.
Tal como lo señala en su Exposición de Motivos, “Esta Ley tiene por objeto: establecer el régimen jurídico especial de arrendamiento de viviendas o inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados total o parcialmente, en el marco de la novedosa legislación y política nacional de vivienda y hábitat como un sistema integrado, dirigido a enfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente, con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población, contrarrestando la mercantilización y la especulacion económica con la vivienda, que la convierte en un medio de explotación y opresión del ser humano por el ser humano, y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social, de derecho y de justicia, según lo dicta nuestra Constitución”.
Oligopolio inmobiliario
Un semanario que supone escribir sobre economía, cuando en realidad sólo trata de Administración de Negocios, critica que “el Gobierno también fijará el valor del metro cuadrado en las casas alquiladas”.Por supuesto, sus anunciantes no están de acuerdo con que el Estado fije el porcentaje de rentabilidad según el valor del inmueble. Para ellos, cualquier intervención entre oferta y demanda es inconveniente para todos, especialmente para el mercado neoliberal.Ahora bien, al permitir la especulación oligopólica, por parte del oferente de servicios, ellos están violando a su propia Ley de Oferta y Demanda.Consideran anticonstitucional al Artículo 4º de la Ley de Arrendamiento de Viviendas porque obliga a los propietarios de viviendas desocupadas a alquilarlas, so pena de pagar un impuesto especial. Según ellos, el disfrute de la propiedad privada debe ser total.
Quizás vieron muchas películas del oeste americano donde un vaquero, sólo porque había cercado unas hectáreas, tenía el derecho de hacer cualquier cosa en su espacio, incluyendo entrarle a tiros a cualquiera que mirase hacia adentro.En todo caso, por si acaso, la Ley no protege a inquilinos mala paga. Lo que se busca es un equilibrio legal.
El pequeño propietario arrendador está protegido por la Ley.Pero no podemos defender a esos multipropietarios quienes desde hace más de 50 años especulan sobrealquilando espacios en pensiones y que ahora alinean edificios vacíos esperando enriquecerse con el mercado.
Inflación abusivaDice un diario mexicano que “La Ley de Arrendamientos venezolana es una confiscación”.
Citan a un tal Carlos Centeno, de una Asociación Metropolitana de Corredores, quien declara que los apartamentos alquilados perderán valor por la regulación del Gobierno y que, en consecuencia, todos los apartamentos se verán afectados.Desde aquí le deseamos a Centeno, muy sinceramente, que ojalá su razonamiento se convierta en realidad. De ser así, sería una excelente contribución al combate contra la inflación, encarecida muy especialmente por el exagerado precio de las viviendas en nuestro país.
Y a propósito, siempre se saca la cuenta en relación a los autos. Con lo que Ud compra aquí un carro mediano usado, adquiere en Miami una camionetota nueva.
Señor Centeno, con lo que le piden en Caracas por un apartamento de 80 metros, ¿sabe Ud que compra en Texas, en Arkansas, en Arizona, en España y…. en el propio México?
De repente hasta una casa.Canalla mediáticaUn diario matutino, oligárquico conservador, dedica un robapáginas dominical a criticar el control estatal que esta Ley ejerce sobre el mercado de alquileres.Se quejan del tipo de contratos, de la regulación, de los porcentajes a aplicar, de la imposibilidad de continuar sus desalojos arbitrarios y de la obligación de vender a su inquilino en forma preferencial.Y el domingo siguiente, en el mismo espacio y con el mismo tamañote del titular, señalan que el propietario pasa a ser un damnificado.
Solicitan derogaciones de Decretos y Anulaciones de Leyes, como en el pasado.¡Nó! estimados amigos; ahora estamos en el Siglo XXI. La cuarta república puntofijista ya no está en Miraflores.
Y, como dice el poeta: “¡No volverán!”.Según El Carabobeño: “La Ley de Arrendamientos creará un mercado negro de alquileres”. Y nos atrevemos a preguntarles: ¿más negro aún?. ¿Cómo califica ese diario valenciano el hecho de cobrar hasta más de un mes de alquiler sólo por mostrar un apartamento vacío?.Participación opositoraLa autollamada “Cámara Inmobiliaria” se queja, según titula un diario caraqueño, de que “no los invitaron a la discusión final”.
¡Eso es totalmente falso!.
Hasta se les vé en las discusiones de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, encargada de revisar el Proyecto y llevarlo como Ley a las plenarias de la Asamblea Nacional.César Rincones, diputado opositor, se opone a la regularización del alquiler. En su opinión, si esta Ley se aprueba nadie querrá alquilar.Cree Rincones que todos se regirán por lo que las grandes administradoras decidan, en su tradicional doble perjuicio tanto a inquilinos como a propietarios.
Rincones no desea que le cercenen su derecho a explotar al prójimo, cobrándole el canon de arrendamiento que él unilateralmente fije.En otro diario opositor, un vocero y directivo de los propietarios de inmuebles a gran escala se queja de la igualación entre un arrendador de varios apartamentos con aquél quien arrienda habitaciones en su casa.Como siempre y tratando de “ganar indulgencias con escapulario ajeno”, este señor trata, según declara al periodista, de “proteger a los arrendadores de los cerros”.
Ahora bien, si allá arriba hay quien especule a inquilinos de condiciones muy humildes, con mucho más razón debe caerle todo el peso de la Ley.
Y eso incluye a quienes arriendan habitaciones con literas para estudiantes.Controles en otros paísesLa Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos – APIUR- llegó incluso a demandar la nulidad del Decreto Presidencial contra Desalojos Arbitrarios. En su opinión, ese Decreto es anticonstitucional porque viola la propiedad privada.
Aquí se han visto casos patéticos, con desalojos a media noche y en la madrugada, contra menores de edad, mujeres embarazadas y adultos discapacitados, sacados por la fuerza y enviándoles sus pertenencias a un depósito.
No sabemos como será eso en Florida, paraíso terrenal según los escuálidos venezolanos, pero le aseguramos al vocero de esos propietarios que en Nueva York y en Chicago usted hace eso y nadie lo salva de ir a la cárcel, muy especialmente si, como en su caso, tiene un apellido hispano y habla inglés con acento latino.En Uruguay el arrendador y el propietario son corresponsables en los daños a la cosa alquilada, la cual deben entregar al inquilino en perfecto Estado. Y se exige un contrato escrito que no puede ser suplido verbalmente, ni aún por acuerdo entre las partes.En Costa Rica no pueden firmarse contratos de arrendamiento por menos de tres años, los derechos del arrendatario son irrenunciables y no puede alegar ni siquiera en estar de acuerdo con su arrendador en algo que vaya contra la Ley.En España, según su Ley de Arrendamientos Urbanos, “el arrendador está obligado a garantizar óptimas condiciones higiénicas al arrendatario y a no estorbar el uso de la vivienda, salvo para reparaciones urgentes e indispensables”.En muchas naciones del mundo, se está imponiendo legalmente la protección al inquilino contra la voracidad de los arrendatarios.En Venezuela, la Revolución Bolivariana nos está actualizando jurídicamente.
Nuestra Asamblea Nacional aprobará la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, en beneficio de los inquilinos.
¡Viviremos y venceremos!
jaquematos@cantv.net
luisalbertojaquematos@gmail.com
Por: Luis Alberto Matos
“No se puede incrementar el alquiler de una vivienda basándose en una obra que hizo el Gobierno Nacional.”
Diosdado Cabello
Incluyendo la Sesión Plenaria de hoy, nuestra Asamblea Nacional ha discutido 74 artículos de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas.
Tal como lo señala en su Exposición de Motivos, “Esta Ley tiene por objeto: establecer el régimen jurídico especial de arrendamiento de viviendas o inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados total o parcialmente, en el marco de la novedosa legislación y política nacional de vivienda y hábitat como un sistema integrado, dirigido a enfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente, con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población, contrarrestando la mercantilización y la especulacion económica con la vivienda, que la convierte en un medio de explotación y opresión del ser humano por el ser humano, y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social, de derecho y de justicia, según lo dicta nuestra Constitución”.
Oligopolio inmobiliario
Un semanario que supone escribir sobre economía, cuando en realidad sólo trata de Administración de Negocios, critica que “el Gobierno también fijará el valor del metro cuadrado en las casas alquiladas”.Por supuesto, sus anunciantes no están de acuerdo con que el Estado fije el porcentaje de rentabilidad según el valor del inmueble. Para ellos, cualquier intervención entre oferta y demanda es inconveniente para todos, especialmente para el mercado neoliberal.Ahora bien, al permitir la especulación oligopólica, por parte del oferente de servicios, ellos están violando a su propia Ley de Oferta y Demanda.Consideran anticonstitucional al Artículo 4º de la Ley de Arrendamiento de Viviendas porque obliga a los propietarios de viviendas desocupadas a alquilarlas, so pena de pagar un impuesto especial. Según ellos, el disfrute de la propiedad privada debe ser total.
Quizás vieron muchas películas del oeste americano donde un vaquero, sólo porque había cercado unas hectáreas, tenía el derecho de hacer cualquier cosa en su espacio, incluyendo entrarle a tiros a cualquiera que mirase hacia adentro.En todo caso, por si acaso, la Ley no protege a inquilinos mala paga. Lo que se busca es un equilibrio legal.
El pequeño propietario arrendador está protegido por la Ley.Pero no podemos defender a esos multipropietarios quienes desde hace más de 50 años especulan sobrealquilando espacios en pensiones y que ahora alinean edificios vacíos esperando enriquecerse con el mercado.
Inflación abusivaDice un diario mexicano que “La Ley de Arrendamientos venezolana es una confiscación”.
Citan a un tal Carlos Centeno, de una Asociación Metropolitana de Corredores, quien declara que los apartamentos alquilados perderán valor por la regulación del Gobierno y que, en consecuencia, todos los apartamentos se verán afectados.Desde aquí le deseamos a Centeno, muy sinceramente, que ojalá su razonamiento se convierta en realidad. De ser así, sería una excelente contribución al combate contra la inflación, encarecida muy especialmente por el exagerado precio de las viviendas en nuestro país.
Y a propósito, siempre se saca la cuenta en relación a los autos. Con lo que Ud compra aquí un carro mediano usado, adquiere en Miami una camionetota nueva.
Señor Centeno, con lo que le piden en Caracas por un apartamento de 80 metros, ¿sabe Ud que compra en Texas, en Arkansas, en Arizona, en España y…. en el propio México?
De repente hasta una casa.Canalla mediáticaUn diario matutino, oligárquico conservador, dedica un robapáginas dominical a criticar el control estatal que esta Ley ejerce sobre el mercado de alquileres.Se quejan del tipo de contratos, de la regulación, de los porcentajes a aplicar, de la imposibilidad de continuar sus desalojos arbitrarios y de la obligación de vender a su inquilino en forma preferencial.Y el domingo siguiente, en el mismo espacio y con el mismo tamañote del titular, señalan que el propietario pasa a ser un damnificado.
Solicitan derogaciones de Decretos y Anulaciones de Leyes, como en el pasado.¡Nó! estimados amigos; ahora estamos en el Siglo XXI. La cuarta república puntofijista ya no está en Miraflores.
Y, como dice el poeta: “¡No volverán!”.Según El Carabobeño: “La Ley de Arrendamientos creará un mercado negro de alquileres”. Y nos atrevemos a preguntarles: ¿más negro aún?. ¿Cómo califica ese diario valenciano el hecho de cobrar hasta más de un mes de alquiler sólo por mostrar un apartamento vacío?.Participación opositoraLa autollamada “Cámara Inmobiliaria” se queja, según titula un diario caraqueño, de que “no los invitaron a la discusión final”.
¡Eso es totalmente falso!.
Hasta se les vé en las discusiones de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, encargada de revisar el Proyecto y llevarlo como Ley a las plenarias de la Asamblea Nacional.César Rincones, diputado opositor, se opone a la regularización del alquiler. En su opinión, si esta Ley se aprueba nadie querrá alquilar.Cree Rincones que todos se regirán por lo que las grandes administradoras decidan, en su tradicional doble perjuicio tanto a inquilinos como a propietarios.
Rincones no desea que le cercenen su derecho a explotar al prójimo, cobrándole el canon de arrendamiento que él unilateralmente fije.En otro diario opositor, un vocero y directivo de los propietarios de inmuebles a gran escala se queja de la igualación entre un arrendador de varios apartamentos con aquél quien arrienda habitaciones en su casa.Como siempre y tratando de “ganar indulgencias con escapulario ajeno”, este señor trata, según declara al periodista, de “proteger a los arrendadores de los cerros”.
Ahora bien, si allá arriba hay quien especule a inquilinos de condiciones muy humildes, con mucho más razón debe caerle todo el peso de la Ley.
Y eso incluye a quienes arriendan habitaciones con literas para estudiantes.Controles en otros paísesLa Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos – APIUR- llegó incluso a demandar la nulidad del Decreto Presidencial contra Desalojos Arbitrarios. En su opinión, ese Decreto es anticonstitucional porque viola la propiedad privada.
Aquí se han visto casos patéticos, con desalojos a media noche y en la madrugada, contra menores de edad, mujeres embarazadas y adultos discapacitados, sacados por la fuerza y enviándoles sus pertenencias a un depósito.
No sabemos como será eso en Florida, paraíso terrenal según los escuálidos venezolanos, pero le aseguramos al vocero de esos propietarios que en Nueva York y en Chicago usted hace eso y nadie lo salva de ir a la cárcel, muy especialmente si, como en su caso, tiene un apellido hispano y habla inglés con acento latino.En Uruguay el arrendador y el propietario son corresponsables en los daños a la cosa alquilada, la cual deben entregar al inquilino en perfecto Estado. Y se exige un contrato escrito que no puede ser suplido verbalmente, ni aún por acuerdo entre las partes.En Costa Rica no pueden firmarse contratos de arrendamiento por menos de tres años, los derechos del arrendatario son irrenunciables y no puede alegar ni siquiera en estar de acuerdo con su arrendador en algo que vaya contra la Ley.En España, según su Ley de Arrendamientos Urbanos, “el arrendador está obligado a garantizar óptimas condiciones higiénicas al arrendatario y a no estorbar el uso de la vivienda, salvo para reparaciones urgentes e indispensables”.En muchas naciones del mundo, se está imponiendo legalmente la protección al inquilino contra la voracidad de los arrendatarios.En Venezuela, la Revolución Bolivariana nos está actualizando jurídicamente.
Nuestra Asamblea Nacional aprobará la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, en beneficio de los inquilinos.
¡Viviremos y venceremos!
jaquematos@cantv.net
luisalbertojaquematos@gmail.com
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