Dos años para completar cotizaciones

Dos años para completar cotizaciones
Prensa YVKE Mundial/Ciudadccs

Lunes, 10 de Mayo. Las personas interesadas en completar sus cotizaciones para optar a una pensión especial, mediante el Decreto N° 7.401 del
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Ivss), podrán cancelar de acuerdo a sus posibilidades de manera inmediata o a través de cuotas con una fecha límite hasta el 1° de mayo de 2012, según un comunicado oficial publicado en la página web de esta institución.

El decreto 7.401 dictado por el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, brinda la oportunidad a aquellos asegurados que tengan cotizaciones entre 1 y 749 reflejadas en su cuenta individual de completarlas. Su condición dentro del Ivss debe ser de cesante.

El referido decreto excepcional y temporal está vigente desde el pasado 1° de mayo de 2010 y expirará el 31 de diciembre de este mismo año. Es decir, los miles de venezolanos que ahora tienen la oportunidad de disfrutar de una pensión por vejez digna disponen de ocho meses para iniciar los trámites correspondientes.

Cuando promulgó el instrumento legal, el presidente Hugo Chávez señaló que esta es una nueva demostración de las políticas de inclusión social que lleva a cabo el Ejecutivo.

En el país existen actualmente un millón 472 mil 207 beneficiarios del IVSS, pensionados por vejez y sobrevivencia, entre otros. El comunicado, publicado ayer, dice que miles de personas serán favorecidas con el decreto presidencial que recién entró en vigencia.

En la Gaceta Oficial número 39.414 que circuló la semana pasada aparece publicada la medida. El decreto indica que serán beneficiarios de la pensión por vejez los asegurados que hayan cumplido 60 años de edad, en el caso de los hombres, y 55 años de edad en el caso de las mujeres.

Para recordar
El proceso para optar al beneficio es sencillo: los interesados sólo tienen que presentar ante las oficinas de atención la cuenta individual, donde se demuestra que cuentan con las cotizaciones acumuladas.

El Ivss informó ayer los requisitos que se exigirán a los interesados para iniciar el proceso. En la tabla anexa los detallamos.
Como ya se dijo antes, el Estado se hará responsable del aporte hasta que el beneficiario complete el número de cotizaciones, a fin de cumplir con el requisito de procedencia de aquellos interesados que cuentan con al menos 700 cotizaciones. Lo que quiere decir que si una persona interesada con la edad para ser pensionada cuenta con 730 semanas cotizadas ante el Ivss, el Gobierno Nacional asumirá las 20 semanas que le faltan.

Entre tanto, aquellos que tienen menos de 700 cotizaciones ante el Ivss deberán completarlas hasta llegar a las 750 que exige la Ley del Seguro Social. Eso significa que si un interesado tiene 690 cotizaciones, debe pagar el equivalente a las 60 cotizaciones que faltan para alcanzar el requisito de 750 cotizaciones para cobrar la pensión.

El artículo 4 del decreto presidencial 7.401 resalta que para el cálculo de las cotizaciones faltantes, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales las calculará sobre la base del salario mínimo nacional vigente (BsF 1.223,89) y el riesgo mínimo de cotización para la continuación facultativa (6%), es decir, una cotización es igual a 16,95 bolívares fuertes.

El decreto 7.401 indica en su artículo 5 que el Ivss deberá efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes para asumir los pagos que se necesite hacer por la entrada en vigencia del decreto.

Una medida con antecedente

La medida gubernamental tiene su antecedente en el decreto N° 4.269, publicado en la Gaceta Oficial número 38.367 de fecha 2 de febrero de 2006. En aquella oportunidad se otorgó un año de plazo a aquellas personas que no pudieron completar sus cotizaciones.

Se estima que en aquella oportunidad, unas 200 mil personas se sumaron al sistema de jubilaciones y pensiones del Ivss. Muchos ancianos que no pudieron entregar sus documentos por falta de tiempo y por otras trabas burocráticas exigieron se volviera a aplicar la medida. Por esta razón, el Presidente de la República volvió a emitir un decreto similar.

Chávez dijo que la idea es que el Estado “complete las cotizaciones de miles de venezolanos que no pudieron y fueron explotados o trabajaron por contratos cortos en muchas empresas. El método del capitalismo consistía en contratar a cualquier trabajador por tres meses, lo botaban y contrataban a otro, para no asumir la responsabilidad de la seguridad social”, señaló.

Paso a paso se obtiene el beneficio

A partir de hoy, las personas interesadas podrán iniciar sus trámites para la pensión, conforme al decreto Nº 7.401, siguiendo los siguientes pasos:

1). Para solicitar información acerca del monto a pagar para completar las cotizaciones, pase por cualquiera de las 47 oficinas Adminsitrativas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ubicadas a nivel nacional, de acuerdo al día que le corresponda, según el último número de su cédula.
Terminales de Nº de cédulaDía de la semana
1 y 2 Lunes
3 y 4Martes
5 y 6 Miércoles
7 y 8Jueves
9 y 0 Viernes

2). Diríjase a las oficinas de los bancos:

* Banesco.

* BFC.

* Banco Fondocomún.

* Banco de Venezuela.

* Banco Provincial.

* Banco Mercantil.

* Banco Occidental de Descuento (BOD).

* Corp Banca.

En estos bancos debe solicitar la Planilla de Depósito Única del IVSS, donde colocará un único número patronal:

D-1987401-5 y la cédula de identidad.

OJO:

Los datos del depositante deberán coincidir con los datos del solicitante de la prestación dineraria.
Los depósitos deben efectuarse en efectivo o choque de gerencia del mismo banco.

3). Regrese a las oficinas del IVSS, donde debe consignar los siguientes documentos para hacer la solicitud formal:
* Cuenta Individual.

* Copia fotostática de la cédula de identidad.

* Copia de la partida de naciomiento y/o datos filiatorios.

* Depósito bancario original.
Share on Google Plus

About Ricardo Abud (Chamosaurio)

This is a short description in the author block about the author. You edit it by entering text in the "Biographical Info" field in the user admin panel.
    Blogger Comment
    Facebook Comment

0 comentarios:

Publicar un comentario