Proyecto educativo refuerza rango constitucional de autonomía universitaria
VTV
Martes, 11 de Ago de 2009. 10:06 am
Aseguró el titular de educación que "las universidades autónomas van a dictar sus reglas internas", razón por la cual añadió Navarro que "tengo la impresión que muchos opinan y después leen los artículos".
El ministro del Poder Popular para la Educación, Héctor Navarro, afirmó que el proyecto de Ley de Educación no viola la autonomía universitaria, sino que refuerza su rango constitucional.
Esto lo aseguró en el programa Despertó Venezuela, que transmite VTV, donde desmintió al secretario de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Amalio Belmonte, quien criticó el nuevo programa educativo, por considerar que supuestamente "es reglamentista, es punitivo y persigue cercenar el sentido democrático de la educación venezolana. Hay artículos que disminuyen la autonomía universitaria".
En virtud de esto, aseguró el titular de educación que "las universidades autónomas van a dictar sus reglas internas", razón por la cual añadió Navarro que "tengo la impresión que muchos opinan y después leen los artículos".
Continuó diciendo que como siempre la oposición esgrime falsos argumentos sobre el proyecto de Ley de Educación, por tanto, invitó a la población estudiantil, a la ciudadanía en general y profesionales a leer la propuesta, a fin de conocer la realidad de los planteamientos.
Así también, habló sobre la admisión universitaria y señaló que "los cupos son un bien de la sociedad, no sólo es un bien de los profesores, de los empleados administrativos o de los obreros", refiriéndose a los privilegiados otorgados al personal universitario.
Sobre esto refirió que el artículo 26 de la Ley de Educación vigente impuesta por el presidente Rafael Caldera, otorga una atribución al Consejo Universitario de la UCV referente a la admisión estudiantil.
Mientras que "todos los demás venezolanos se someten a un examen de admisión", al tiempo que negó que el Estado impone la carrera que estudiaran los aspirantes.
La Comisión Permanente de Educación de la Asamblea Nacional aprobó la semana pasada por unanimidad la propuesta de Ley de Educación ordenando su discusión pública a partir del 6 de agosto.
La propuesta fue publicada en los medios de comunicación social nacional para su respectiva consulta y conocimiento popular.
A continuación conozca el Principio de Autonomía:
Artículo 33. En aquellas instituciones de educación universitaria que les sea aplicable, el principio de autonomía reconocido por el Estado, se materializa mediante el ejercicio de la libertad intelectual, la actividad teórica, la investigación científica, humanística y tecnológica, con el fin de crear y desarrollar el conocimiento y los valores culturales. La autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones:
1. Establecer sus estructuras de carácter flexible, democrático, participativo y eficiente, para dictar sus normas de gobierno y sus reglas internas, de acuerdo a lo establecido en la Constitución y la ley.
2. Planificar, crear, organizar y realizar los programas de formación, creación intelectual e interacción con las comunidades, en atención a las áreas estratégicas de acuerdo al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, las potencialidades existentes en el país, a las necesidades prioritarias, al logro de la soberanía científica y tecnológica y al pleno desarrollo de los seres humanos.
3. Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de las y los integrantes de la comunidad universitaria: profesoras, profesores, estudiantes, personal administrativo, obreras, obreros egresadas y egresados. Se elegirá un consejo contralor conformado por las y los integrantes de la comunidad universitaria.
4. Administrar su patrimonio con austeridad, justa distribución, transparencia, honestidad y rendición de cuentas, bajo el control y vigilancia interna por parte del Consejo Contralor, y externa por parte del Estado.
El principio de autonomía se ejercerá respetando los derechos consagrados a los ciudadanos y ciudadanas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin menoscabo de lo que establezca la ley en lo relativo al control y vigilancia del Estado, para garantizar el uso eficiente del patrimonio de las instituciones del Subsistema de Educación Universitaria. Es responsabilidad de todos los integrantes del Subsistema la rendición de cuentas periódicas al Estado y a la sociedad, sobre el uso de los recursos., así como la oportuna información en torno a la cuantía, pertinencia y calidad de los productos de sus labores.
Ana Navea
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